domingo, 30 de marzo de 2014

Sobre la Recuperación Económica y la Ley de Seguridad Ciudadana

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Aparecido en el fanzine “Bajo Cero”, número 1, Enero 2014 

En estas últimas semanas el gobierno nos informa de una pronta recuperación económica, y a su vez nos informa de una nueva ley de seguridad ciudadana.

El anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana aprobado este viernes por el Consejo de Ministros establece siete tipos de infracciones muy graves, sancionadas con multas de 30.001€ a 600.000€.
También contempla 31 clases de infracciones graves para las que se establecen multas de 1.001€ a 30.000€, y 20 infracciones leves sancionables con multas de 100€ a 1.000€.
Estas son, en resumen, las principales infracciones que contempla la nueva ley, que sustituye a la aprobada en 1992, también conocida como la Ley Corcuera o “de la patada en la puerta”. 
INFRACCIONES MUY GRAVES (multa de 30.001€ a 600.00€)
- Convocatoria y asistencia a manifestaciones con finalidad coactiva e inobservancia de la legislación electoral desde que haya finalizado la campaña electoral hasta el fin de la votación. Un ejemplo fue lo ocurrido el 13-M tras los atentados del 11-M.
- Perturbación muy grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
- Reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas como centrales nucleares o aeropuertos, así como la intrusión en sus recintos, incluyendo su sobrevuelo, y la obstrucción de su funcionamiento.
- Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas y explosivos no catalogados.
- Celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad.
- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.
INFRACCIONES GRAVES (multa de 1.001€ a 30.000€)
- Concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque no tengan actividad y cuando se perturbe la seguridad ciudadana.
- Perturbación grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas.
- Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.
- Desórdenes graves en vía pública o provocar incendios que representen un peligro para las personas o bienes.
- Obstruir a la autoridad en la ejecución de sus decisiones administrativas o judiciales, como en los desahucios.
- Obstaculizar gravemente la actuación de los servicios de emergencia en el desempeño de sus funciones.
- Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones y la negativa a identificarse.
- Perturbación del orden en campaña electoral.
- Manifestaciones y reuniones sin autorización o que infrinjan la ley de reunión y la negativa a disolver las acordadas por la autoridad. También cuando se produzcan en centrales nucleares, aeropuertos, etc…
- Portar, exhibir o usar armas de modo negligente o temerario o fuera de los lugares habilitados para su uso.
- Ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio.
- La prostitución y la demanda de servicios sexuales en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes.
- Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas reglamentarias, explosivos catalogados y material pirotécnico.
- Obstruir inspecciones y controles reglamentarios en fábricas, locales y establecimientos.
- Justificar el terrorismo, la xenofobia y la violencia contra la mujer, como la exhibición de fotos de terroristas.
- Uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización.
- Falta de colaboración con la Policía en la averiguación o prevención del delito.
- Actos que atenten contra la indemnidad sexual (libre de padecer daño) de los menores.
- Consumo y tenencia de drogas en lugares públicos y su tolerancia.
- El botellón, cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y no esté autorizado.
- Las “cundas” o taxis de la droga.
- El cultivo de drogas.
- Forzar o inducir a menores al consumo de alcohol o drogas.
- Los daños graves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, además de obstaculizar la vía pública con vehículos, contenedores o neumáticos.
- Escalar como acción de protesta en edificios públicos.
- Mal uso de animales feroces y el maltrato animal.
INFRACCIONES LEVES (100€ a 1.000€)
- Manifestaciones y reuniones que infrinjan la ley de reunión.
- Exhibición de objetos peligrosos con ánimo intimidatorio.
- Incumplir restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación.
- Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando estén velando por el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u otro tipo de protestas, y la grabación y difusión de sus imágenes que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su seguridad o la de la intervención policial.
- Amenazas, coacciones, injurias o vejaciones en vías públicas.
- Injurias o calumnias a través de cualquier medio de difusión a las instituciones, autoridades, agentes y empleados públicos, así como su falta de respeto.
- Realizar o incitar actos que atenten contra la libertad sexual.
- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a las fuerzas de seguridad.
- La ocupación de cualquier espacio común, público o privado y la colocación de tiendas de campaña o tenderetes sin permiso en la calle.
- Perder tres veces o más el DNI en un plazo de 5 años y la negativa a entregar este documento cuando se acordara su retirada.
- Los daños leves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los actos vandálicos a servicios públicos, por ejemplo, las pintadas y los grafiti.
- Escalar a edificios o monumentos o lanzarse desde ellos.
- Retirar las vallas de la Policía que delimitan perímetros de seguridad. 

El gobierno dice que la economía mejorará en 2014, pero si analizamos bien determinados puntos de esta ley, podemos entender, que no solo no va a mejorar, sino que empeorará. Al observar esta ley punto por punto lo primero que observamos es un aumento de la represión de tipo económico con sanciones desorbitadas, que lejos de plasmar la realidad que ellos presentan, supone la continuidad ascendente de las políticas agresivas y reaccionarias del gobierno contra los trabajadores.
Si tal y como el gobierno dice, vamos hacia una mejor economía, se nos plantea la ilógica del endurecimiento de las leyes que afecta a lo social, al no ser, que las mejoras económicas solo afectasen (como hasta ahora) a lo privado, y entonces, no solo podría comprenderse la ley mordaza y sus ganas de callar el descontento a golpes y sanciones, sino que además, se entendería su propia y próxima caducidad porque el “remedio” se ha topado con una “enfermedad” cuya gravedad queda lejos de sanarse con aspirinas, leche y miel.
Esta crisis del sistema capitalista está dejando al descubierto su naturaleza privada en los beneficios y el carácter social de los recortes, la absoluta negación de los derechos más básicos (educación, sanidad, vivienda…) y la insostenibilidad del propio sistema capitalista.

Miguel García

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